miércoles, 19 de septiembre de 2012

Denuncia



A LA SALA DE LO PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO

 ALBERTO JORGE REVUELTA LUCERGA, abogado, colegiado 1731 del ICA de Huelva y 100494 del IPB de La Haya, NIF 499780J, y de la Abogacía pro bono del Comité René Cassin, entidad sin ánimo de lucro, no subvencionada, registrada en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior con domicilio para oír  notificaciones en Sevilla (CP 41013) en la calle Presidente Cárdenas, nº 8, E 1, 1ª C, comparezco con respeto y como mejor proceda en derecho,  D I G O:
           
            Que al amparo del artículo 262 de la LECr que contempla la obligación de quienes “por razón de sus cargos, profesiones u oficios tuvieren noticia” de hechos que pudieran tener naturaleza delictiva de denunciar los delitos públicos, como así mismo del artículo 264 de la meritada ley que además puntualiza “sin que se entienda obligado por esto a probar los hechos denunciados ni a formalizar querella”, formula DENUNCIA por los hechos y razonamientos que en adelante se dirán, esperando recibir la tutela  judicial efectiva que implica garantizar la puesta en marcha del mecanismo procesal correspondiente a través de su recepción y trámite.

H E C H O S

1. En una embarcación que llegó a la Isla de Tierra, pequeño islote de soberanía y jurisdicción españolas junto al Peñón de Alhucemas  que fue ocupado por el Príncipe de Montesacro para el rey español Carlos II en 1673, situado a unos 50 metros de la costa marroquí el miércoles 30 de agosto, de madrugada,  19 subsaharianos desembarcaron en la misma entrando por un lugar no autorizado en territorio nacional español.

2. El día 1 de septiembre llegaron 68 personas más, de origen subsahariano, que penetraron en territorio español en idénticas condiciones.
3. En la madrugada del martes, día 4, la Guardia Civil cumpliendo órdenes del Gobierno de España entregó a las Fuerzas de Seguridad de Marruecos a los 71 subsaharianos que se encontraban en Isla de Tierra, ya que algunas mujeres y niños habían sido trasladados a la ciudad de Melilla.  Viajaron en embarcaciones zodiac de la Benemérita, bajo pabellón español, muchos de ellos esposados. Los inmigrantes eran obligados a bajar de la zodiac y a ir caminando por el agua los últimos 20 o 30 metros hasta la orilla en territorio del Reino de Marruecos.  Los números de la Guardia Civil no descendieron en ninguno de los viajes, ni llegaron a estar en suelo marroquí. Las autoridades marroquíes procedieron a la expulsión inmediata, no siendo repatriados a sus países de origen. Como es práctica habitual en Marruecos fueron llevados en autobuses a la frontera con Argelia, cerca de Oujda. La operación concluyó a las cuatro y media de la madrugada.
* La información procede de voluntarios del Comité René Cassin y otras asociaciones no lucrativas en Melilla y de las publicaciones diarias El Mundo, El País, ABC, La Razón, La Vanguardia y Le Monde.  Las imágenes de los hechos relatados han sido mostradas en los diversos telediarios de la Cadena Pública TVE 1, cuyos videos pueden ser requeridos, en su caso, por la Sala.

NATURALEZA DELICTIVA QUE PUDIERAN TENER LOS HECHOS RELATADOS

4. Al disponer el artículo 404 del Código Penal  que la Autoridad  que a sabiendas dictare una resolución arbitraria en asunto administrativo será castigado con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años y al haberse prescindido absolutamente de cualesquiera de los procedimientos administrativos que la Ley de Extranjería y su Reglamento, asi como los Tratados internacionales a que España se obligó en su día relacionados con tal materia, puede calificarse a límine como presuntamente delictiva la conducta que tales hechos describen. El bien Jurídico protegido por el legislador es el recto y normal funcionamiento de la Administración y con sujeción al sistema de valores instaurado por la Constitución (STS 798/1995 de 10 de Julio). La comisión presunta y en principio de tal delito de prevaricación del artículo 404 CP, contendría necesariamente:

5. La violación del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos ya que la decisión de entregar a Marruecos a los inmigrantes sometidos a su jurisdicción al encontrarse en la Isla de Tierra, ha sido causa de  exponerlos al riesgo de tratos inhumanos o degradantes. Como ya declaró en el TEDH en su sentencia de 23 de febrero de 2012 (Gran Cámara), caso Hirsi Jamaa contra Italia, la existencia de circunstancias excepcionales o de acuerdos bilaterales entre Estados no les exime de respetar el principio establecido por el artículo 3, cuya prohibición tiene carácter absoluto. Además, en la evaluación de las condiciones del País de destino hace falta comprobarlas sobre el terreno. Los informes preparados por las ONG y las organizaciones internacionales tienen gran importancia al respecto.

6. La violación del articulo 13 en concurso con el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y el 4 del Protocolo número 4 ya que los demandantes resultaron privados de la oportunidad de exponer sus peticiones y circunstancias personales ante una autoridad competente antes de que se les expulsara soslayando el procedimiento legal de devolución.

7. La violación del art. 4 del Protocolo número 4  que prohíbe las expulsiones colectivas de extranjeros. Como afirma  el TEDH en su sentencia de 23 de febrero de 2012 (Gran Cámara), caso Hirsi Jamaa contra Italia, ya citada ut supra, la CEDH es un “instrumento vivo” y debe interpretarse a la luz de las condiciones actuales y para que las garantías ofrecidas sean plenamente efectivas y no ilusorias. Por lo tanto, el objetivo de la norma es impedir la expulsión sin que se examine la situación personal de cada inmigrante, a pesar de que la expulsión se lleve a cabo en el territorio nacional o en aguas internacionales.

* En virtud del artículo 10 de la CE 1978, el CEDH forma parte del ordenamiento interno y debe ser aplicado por el gobierno español.

 

RAZONAMIENTOS  SOBRE LOS HECHOS

8. El gobierno del Reino de España a través de sus autoridades políticas ordenantes de la actuación de los funcionarios policiales actuantes ha violado el párrafo 2 del artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como los principios 13 y 14  del Conjunto de Principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión según los cuales toda persona detenida será informada en el momento de su detención de las razones de ésta y de sus derechos, incluidas las garantías contra la tortura y los malos tratos.

 9. El gobierno del Reino de España a través de sus autoridades políticas ordenantes de la actuación de los funcionarios policiales ha violado el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el principio 17 Conjunto de Principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión regulan el acceso rápido a un abogado por parte de los detenidos. La Observación nº 20 del Comité de Derechos Humanos exige que la protección del detenido requiere asimismo que se conceda un acceso rápido….a abogados. Por otra parte la Comisión de Derechos Humanos en su resolución 1994/37 destaca que: “...el derecho a consultar a un abogado es uno de los derechos fundamentales de la persona privada de libertad, por lo que toda limitación de este derecho deberá tener carácter excepcional y estar sujeta a control judicial” y recuerda que “Debería someterse a sanción disciplinaria al personal de seguridad que no cumpla dichas disposiciones”. Los detenidos no han tenido, ni en Isla de Tierra, ni en las embarcaciones de pabellón español en las que han sido detenidos y obligados a descender al agua ante la costa de Marruecos acceso a un abogado.

10. El Reino de España se encuentra entre los Estados que han ratificado la Convención de Ginebra de 1951, y por tanto tiene obligación de identificar si, respecto a estas personas, tiene alguna obligación internacional debiendo ofrecer protección. Esta operación sólo podrá realizarse con suficientes garantías a través de un procedimiento donde se examine y valore la veracidad de las alegaciones realizadas por el solicitante para comprobar que se trata de un verdadero refugiado. De esta manera y, a través de la instauración de un procedimiento formal de determinación, los Estados aseguran que su comportamiento se adecua a las exigencias de la Convención de Ginebra garantizando el cumplimiento efectivo de las obligaciones contenidas en la misma.

11. El Principio de non-refoulement despliega también unos efectos procesales que exigen igualmente el establecimiento de un procedimiento.  Conforme a este principio, los Estados están obligados a no devolver directa ni indirectamente a persona alguna a lugares donde su vida pueda correr peligro o quedar amenazada. Un respeto escrupuloso del Principio de non-refoulement exige que todo Estado, previamente a la devolución de una persona que está bajo su jurisdicción y que alega un temor fundado a sufrir persecución, examine si dicha persona -de ser enviada a su país de origen o a un país tercero- sufriría un refoulement prohibido por la Convención de Ginebra. Este examen sólo podrá realizarse con suficientes garantías a través de un procedimiento que minimice las posibilidades de refoulement y donde el Estado compruebe la inexistencia de riesgo alguno de persecución para la persona que va a ser devuelta o expulsada, confirmando que ha actuado de conformidad con la obligación internacional de non-refoulement. Por tanto, el Principio de non-refoulement obliga a los Estados a tener que autorizar la admisión o acogida temporal de los solicitantes de asilo y permitir su acceso a un procedimiento donde se valore sustantivamente si, de producirse la devolución, corre un grave riesgo para su vida o libertad o de sufrir torturas, tratos inhumanos o degradantes.

AUTORIDADES RESPONSABLES INDICIARIAMENTE DE LOS HECHOS DENUNCIADOS QUE PUDIERAN TENER NATURALEZA DELICTIVA

12. El Sr. Ministro de Defensa a cuya jurisdicción se encuentra sometido el territorio de soberanía española conocido como Isla de Tierra.

13. El Sr. Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación, responsable de las negociaciones y acuerdos con el gobierno del Reino de Marruecos.

14. El Sr. Ministro del Interior responsable de la dirección de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y, por tanto, de las órdenes recibidas por la Guardia Civil para detener, sacar de territorio español y entregar a Marruecos a los 71 inmigrantes que estaban en la Isla de Tierra.

SUPLICO A LA SALA DE LO PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO que tenga por presentado este escrito en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 262 de la LECr que contempla la obligación de quienes “por razón de sus cargos, profesiones u oficios tuvieren noticia” de hechos que pudieran tener naturaleza delictiva de denunciar los delitos públicos, ordenando lo que en derecho proceda. PIDO JUSTICIA en Sevilla, para Madrid a 14 de septiembre de 2012.

martes, 21 de agosto de 2012


Hace unos tres años, al revolver papeles antiguos con objeto de hacer limpieza, me encontré con una cuartilla amarillenta y una convocatoria doblada en forma de cuartilla, con el reverso por la parte externa, escritas las dos con letra apresurada, y la convocatoria, además de por el reverso, por el anverso, lo que delataba una solución de emergencia.
La cuartilla llevaba el encabezamiento: Cuerpo Místico, seguido de doce epígrafes, cada uno de ellos con escuetas citas bíblicas, casi todas del N.T.  Faltaban los textos correspondientes a las citas. Todo hacía pensar en unas clases, conferencias o Ejercicios Espirituales, en los que, sin previo aviso, ofrece el Director, profesor o conferenciante un esquema para ayudar al desarrollo de un tema, y el público recurre a lo primero que encuentra para tomar los apuntes.
Aquello me sorprendió. Era mi letra, pero ¿dónde lo había escrito? En mi casa, no. Allí, al menos, tenía máquina de escribir y no se explicaba tanta premura. Tenía que  haber sido en un acto público. Descubrir la época fue cosa de coser y cantar. La convocatoria era una llamada, enérgica en el tono, a acudir a unas conferencias cuaresmales a la capilla del colegio de la Viña, del día 14 de marzo, lunes, al 18 del mismo mes, viernes, y el sábado, día de S. José, a la Misa con la que finalizaba la preparación cuaresmal. La Cuaresma correspondía al año 1966. Consultada la Tabella festorum mobilium del Liber usualis, ese lunes 14 de marzo era el de la semana siguiente al tercer domingo de Cuaresma.
Si la convocatoria, tirando por largo, se había impreso el 15 de febrero, fecha del miércoles de ceniza de ese año, ese sería el terminus a quo, pues antes no podía haber escrito yo los apuntes en una convocatoria inexistente. Y el terminus ad quem no podía ser otro que el diez de mayo de 1970, en que salí del Hospitalito de Mujeres, con la concesión de secularización firmada por S.S.Pablo VI, de feliz memoria. Así que entre el 15 de febrero de 1966 y el 10 de mayo de 1970, hubo algún acto público dedicado a un auditorio eclesiástico, en el que se dictaron esos apuntes, los copié y no di con ellos hasta el año 2009, año paulino, pormenor no despreciable, como luego se verá.
Esta exposición es la que encierra el misterio. ¿Quién dictó los apuntes? ¿Dónde? Yo sugiero unos Ejercicios Espirituales dirigidos por el P.Ulpiano López, eminente teólogo moralista, profesor de la Gregoriana. Aquellos Ejercicios se me quedaron grabados de manera especial, porque al final me confesé con él y le hice muchas consultas, habida cuenta de que el 12 de junio de 1968 me presenté por primera vez a un examen en la Universidad de Granada, empezando la licenciatura de Filología Clásica, paso previo a mi decisión final. Además aquellos Ejercicios fueron atípicos, por la personalidad del director, su gran conocimiento del clero y por su famosa cita del Eclesiastés 32, 4-5: “Loquere, maior natu, decet enim te primum verbum diligenti scientia, et non impedias musicam”.
La primera parte del versículo iba dirigida a la jerarquía, y la segunda también a los que desempeñaban cargos con fieles, alumnos, coadjutores y demás colaboradores, que formaban una orquesta con sus opiniones diversas, que no debían despreciar los superiores sino concordarlas en una especie de concordia discors, oximóricamente.
La calificación de estimulante aplicada a este hallazgo, se comprende fácilmente: por una parte, porque toda cita desprovista de texto incita a su búsqueda; por otra parte, porque mi deformación profesional no se conformaba con el texto latino, sino obligaba al griego, el original; en tercer lugar porque era el año paulino y ¿qué mayor homenaje a San Pablo que estudiar la doctrina del Cuerpo Místico?
Me puse, pues, mano a la obra y en estos tres años ha dedicado algún tiempo a elaborar unos comentarios teo-filológicos, que estoy dispuesto a entregar a la consideración de los participantes de este blog, poco a poco, para evitar enojosos agobios.  Desprovistos, eso sí, de los textos griegos, pues los conservo en archivos Mac en formato incompatible con PC. Espero que me perdonen los helenistas.
Y la parte rememorativa está ligada a la lectura de la convocatoria. Las operaciones aritméticas realizadas a partir de la fecha de la misma han desembocado en un terminus ad quem coincidente con la festividad del Beato Juan de Ávila.
 Un día como ese, en tiempos de Don Manuel Cortés, se organizó una peregrinación a Montilla para visitar el Santuario y sepulcro del Apóstol de Andalucía. Había que pagar una cantidad que yo no tenía. Entonces se convocó un concurso poético. Nos presentamos García Gómez y yo. Él era un poeta de verdad. Pero yo sabía cómo tocar el corazón del jurado. Presenté una poesía lacrimógena y cursi:
Tus manos, madre, tus manos,
Que me acarician el alma
Con el recuerdo impalpable
De su fuego. Me abrasaban
Tus dos manos aquel día
En que sentí la llamada
Del Señor, pero no pude
Resistir a su voz clara
A su invitación doliente,
Y fui porque no esperara.
La poesía es mala con avaricia. No la conservo. La parte reproducida es el fragmento que sé de memoria. La de José Manuel García Gómez seguro que era inmensamente mejor. Por eso desde entonces es para mí Montilla un vino amargo que me indaga por dentro-In vino, veritas- y me marea con la oprobiosa duda de una victoria apócrifa y fraudulenta.
En la convocatoria aparecen los nombres del Director,  Hº León. F. Magdaleno, y del Capellán, D. Manuel Alegre Rodríguez, Pbro.
El Hermano León fue profesor mío en la 2ª bis, estrenando el recién construido Colegio,”gracias al esfuerzo del Hermano Ignacio, y de una persona de gran corazón”, como cantaba un coro o comparsa de las Fiestas Típicas de aquella época.
El Hermano me animó a entrar en el Seminario. En la clase estaba también un hermano del  P. Hermida, de nombre artístico Angelini. Actuaba en actos públicos por toda la provincia contando chistes graciosísimos. El P. Hermida también tenía gracia y buenos golpes. Recuerdo que un día en la Misa matinal, no se encontraba la llave del Sagrario. Oficiaba el P. García Guerrero. Se formó un poco de revuelo a la hora de la comunión. El acólito iba de acá para allá y la llave no aparecía. Había murmullos. En el momento de mayor tensión se oyó a Hermida, a la sazón maestro de capilla, con su gran vozarrón:
” La puerta del Sagrario
¡Quién la pudiera abrir!
Jesús, entrar queremos,
Llegar a Ti.
Sintiendo tus caricias,
Sonríe el corazón, etc.”
Si para un proceso de canonización me pidieran que testificara sobre el dominio propio del P. García, ese sería el episodio escogido: en la crispación del rostro se apreciaba el esfuerzo que estaba haciendo para no bajar del altar y cantarle las cuarenta en bastos en respuesta al “oportuno” motete.
 Del P. Alegre son tantos los recuerdos, que harían interminable el relato. Cuando entré en el año 43 en el Seminario era Diácono, por no tener la edad exigida para recibir el Presbiterado. Estaba en el Seminario con nosotros, aunque no sé si marchó a Comillas ese mismo curso. Lo cierto es que el primer verano mío de seminarista fuimos de excursión a Medina un grupo compuesto por Junco, Prieto, Luis Valverde y un servidor.
La trayectoria de Valverde tal vez no todos la conozcan. Era hijo de un Notario de Cádiz, padre de numerosa prole, fruto de dos matrimonios después de enviudar. Había estudiado primer curso de Humanidades en Comillas y más adelante obtuvo la Licenciatura en Filosofía y Letras en la Universidad Central de Madrid, especialidad en Filología Románica e Italiana. Fue profesor de varios Institutos, entre ellos el Columela de Cádiz.
Esta es su trayectoria externa: una vida entregada a la docencia. La interna la he completado al enterarme de la obtención de una mención de honor en el XXXI Premio Mundial Fernando Rielo de Poesía Mística, cuyo acto de entrega se realizó en el Ateneo de Madrid el 13 de diciembre de 2011. La obra premiada lleva por título Cleofás y es significativo que haya sido en poesía mística en lo que ha obtenido dicho premio.
 Pues decir “mística”o “misterio” es pensar en hondura espiritual, vida interior, reflexión, introspección, inhabitación trinitaria, “música callada, soledad sonora”, silencio fecundo, miopía de la carne, acuidad del espíritu, como el verbo griego del que derivan, mu/w, ‘cerrar los ojos’, y esto  era lo que vislumbraba yo cuando conocí a Luis Valverde allá por los años cuarenta, y que en los encuentros esporádicos que he tenido con él más tarde se ha ido evidenciando, al comprobar su caballerosidad, fina sensibilidad, esmerada educación y su arraigada fe, consentánea con su comprometida vida cristiana. Si la lectura de dos sonetos suyos de entre la colección de setenta que configuran su obra premiada, ha elevado mi espíritu en oración fervorosa ¡qué enriquecimiento espiritual habría supuesto para mí el haber mantenido con él un trato más asiduo!
Un hermano suyo, mayor que él, entró en el Seminario, procedente de la Acción Católica, de la que era Consiliario el P. Ramón. Terminó en Madrid, donde ejerció su ministerio en la Curia junto a D. Moisés, que fue profesor del Seminario de Cádiz del añadido curso 5º de Humanidades, en la asignatura de Lengua y Literatura.
Don Moisés se había presentado a casi todas las oposiciones de canonjía de España. Las aprobaba y las añadía a su hoja de servicios y marchaba a otra Diócesis y a otra oposición
Aunque al principio de curso nos previno con la programación de numerosas redacciones, justificadas por los sorprendentes progresos que notaríamos entre la primera y la última, llegado el momento lo sorprendente fue la facilidad con que realizamos el cálculo: la primera y la  última se habían convertido en la primera y la segunda. Pero no lo consideramos como un alivio.
 ¿Por qué digo esto? Porque sus clases consistían básicamente en al lectura del Quijote, realizada por él mismo. Se ponía a leer y nosotros a escuchar. Cuando llevaba unos días leyendo, nos pedía, para saber si habíamos cogido el estilo cervantino, que dijéramos unas frases. El primer día, como no estábamos preparados, titubeamos. Pero de allí en adelante nos aprendíamos un párrafo y cuando nos ponía a prueba, lo soltábamos. Así, por ejemplo, se levantaba Cruceira y peroraba:
“No tema vuestra merced por sus pupilos, que si a su Divina Majestad le plugo ponernos en las manos de un tan sabio maestro, unos malnacidos habríamos de ser, si nos apartáramos el negro de una uña de sus provechosas enseñanzas, dando nuestros cuerpos a la molicie y regalando el vientre con ricos manjares y generosos vinos, por más que nos lo sirvieran fermosas doncellas en bandejas de plata los unos o escanciaran los otros en copas de cristal de Bohemia, antes que templar nuestras ánimas como se templa el acero y limpiar nuestras mientes e ilustrarlas con el brillo de las letras divinas y humana, armas con que se arrancan cristianos de las garras de malandrines y follones y otra gente descomunal y soberbia, que quieren hundirlos en los profundos infiernos.”
Al oír párrafos de este jaez, Don Moisés quedaba embelesado y se confirmaba en la bondad de su método, de modo que seguía con su pertinaz lectura hasta dejarnos extenuados.
Este grupo, pues, fue el que se montó en el tren hasta Puerto Real, y desde allí emprendimos la marcha a pie. Alegre iba con el ukelele, nosotros con unas bolsitas con bocadillos para el camino. Manuel Alegre era la viva estampa de Bing Crosby, de moda entonces por su película “Siguiendo mi camino” y la canción “Going my way”
 Entramos en Paterna seguidos de un a turba de muchachos. A Medina llegamos derrengados, Junco con los pies chorreando sangre. El pueblo creía que éramos penitentes arrepentidos. A pesar de todo jugamos un partido de fútbol en un campo lleno de hoyos. Paramos en la finca “La oscuridad” de la familia Castro, emparentada con Alegre.
A la vuelta se apiadó de nosotros un camionero que llevaba a Cádiz una carga de   remolachas y nos recogió, Alegre con su ukelele y yo con una telera de pan. Al llegar a mi casa mi madre, toda emocionada, abrazó la telera antes que a mí. Pero no le guardé rencor, pues la penuria de la época había echado por tierra el protocolo.
Ordenado ya de sacerdote y con una flamante licenciatura en Filosofía, el P. Alegre fue profesor mío de una asignatura que él inauguró: Estilística Latina. Era una materia novedosa. Bajo el lema de Quintiliano aliud esse latine, aliud grammatice loqui, el autor, Rodríguez Brasa S.J., desglosaba un conjunto de leyes sencillas que marcaban la pauta de la diferencia existente entre hablar siguiendo las reglas gramaticales, y hablar según el estilo latino, en relación al orden de las palabras y a la intención del autor, cuando era preciso desviarse de él para resaltar las ideas. Era una manera sencilla de iniciarnos en la Estilística que con el tiempo estudiaríamos algunos con más fundamento. Era el dibujo antes del razonamiento.
Me gustaría llamar la atención sobre la inmensa suerte que hemos tenido los que hemos pasado por las aulas de un Seminario tan humilde. Nuestro plan de estudios era, respecto al conjunto Humanidades y Filosofía, un trivium y quatrivium modernizados, en los que la ausencia de la Astronomía se suplía con cuatro asignaturas estudiadas de dos en dos, Física con Química e Historia Natural con Fisiología.
Yo destacaría de mis cursos de Humanidades y Filosofía, únicos cursados en San Bartolomé, la Historia de la Literatura Universal, con texto de Narciso Alonso Cortés, con el que me inicié en la lectura de obras serias, auque fuera en traducciones baratas como las de la Editorial Iberia, y el Ars dicendi, texto de Retórica, cuyo autor, el jesuita alemán Joseph Kleutgen, es considerado por Hans Schwarz  en Theology in a global context, de 2005, “main head” de un grupo de neoescolásticos integrado, además de por él mismo, por teólogos de la talla de Scheeben, Heinrich, Mercier y Maritain.
De las obras estrictamente eclesiásticas conservo como oro en paño el Catechismus ad Parochos, admirable documento de latín humanístico, rico en enseñanza fundamentada en multitud de citas bíblicas, patrísticas, conciliares, singularmente tridentinas, y de teólogos, sobre todo de Santo Tomás.
Estas dos últimas obras tenían y tienen para mí el atractivo de estar escritas en latín, lengua de la que me enamoré a los trece años y mi amor hacia ella ha ido in crescendo.
Para terminar con este apartado voy a contar una anécdota. Tendré que acudir a las palabras de San Pablo en 2 Cor. 12, 1: Si gloriari oportet, non expedit quidem veniam autem ad visiones et revelationes Domini.
Yo, en cambio, vendré a mis primeras oposiciones a Agregado de Griego, celebradas en Madrid. Al término de las mismas, desconociendo aún su desenlace, fue grande mi sorpresa al enterarme de que había quedado en segundo lugar.
 Pero lo más gracioso fue la confidencia que me hizo el Presidente del Tribunal, D. Julio Calonge. En un aparte me confesó que durante todas las oposiciones habían estado intrigados al ignorar mi procedencia. De los demás opositores sabían que unos eran discípulos de Adrados, otros de Ruipérez, otros de Fernández-Galiano, otros de Díaz Tejera, otros de López Eire, pero de mí no sabían nada. Así que me soltó la pregunta.”Y Vd. ¿de quién es?” Enseguida me acordé del villancico: “Dime, niño, de quién eres todo vestido de blanco.” Me reprimí y contesté a la pregunta con una encendida loa a los profesores del Seminario de Cádiz, haciendo hincapié en su dedicación abnegada y en el mérito que suponía realizar una labor tan difícil sin poseer ninguno de ellos grados académicos en la especialidad de Clásicas.
Su método era mucha traducción, pensum diario, pocas florituras terminológicas y variedad en los textos, César, Cicerón, Ovidio, Virgilio, Horacio.
En griego, paradójicamente, no pude explayarme, pues mis dos cursos fueron calamitosos, y no quise presumir de autodidacta.
 Con estas palabras resumidas quedé satisfecho por haber cumplido un deber al reconocer ante el Tribunal, al que con toda seguridad llegarían mis palabras, el inmenso bien que me habían hecho mis profesores.
La irreversibilidad del tiempo me impidió recitarle entonces la referencia que veinte años más tarde habría de hacer a mis profesores y alumnos del Seminario de Cádiz en la cena de despedida con motivo de mi jubilación. Hela aquí:

“Los alumnos de hoy, con aquellos lejanos
Que en las humildes aulas de un viejo Seminario
Recibieron un día
Mi primer entusiasmo,
El único bagaje que, sin otra ciencia,
Realizó aquel milagro.
Allí se hizo posible la armonía
Del mensaje cristiano con lo clásico;
Allí sonó la voz ciceroniana,
Como caudal de ríos embridados;
Allí lloró Virgilio el hundimiento
De Troya entre las llamas y el engaño;
Allí enseñaba Horacio la mesura
Del “ne quid nimis”, la áurea medianía,
Y lograba escapar de la censura
Un leve “carpe diem” amansado.
Ovidio, Cicerón, Virgilio, Horacio:
Estos fueron los únicos maestros,
Yo sólo fui la voz para el relato,
Torpe continuador improvisado
De otros maestros, que en las mismas aulas
También, siendo yo un niño, me guiaban
En mis primeros inseguros pasos”

Y ahora sí que termino. En 1º de Filosofía también tuve al P. Alegre de profesor.
Sucedió ese año un hecho de consecuencias imprevistas. Se celebró una Academia, ese ejercicio público y solemne, herencia jesuítica, en el que se exponían los progresos realizados por los alumnos en la materia o materias del curso. Tenía lugar en el Salón de Actos, con asistencia de todos los alumnos de la materia, y muchas veces del Sr. Obispo.
Ese curso eligió el P. Alegre la discusión sobre el principio de causalidad. Troya sería el ponente y yo el oponente. Mi misión consistía en poner objeciones, que el defensor de la tesis tendría que rebatir. Todo muy inocente e inofensivo. El P. Alegre me dio a leer una obra de Johannes Hessen, filósofo católico neokantiano. Me acotó el apartado de la segunda parte de la obra, referente a la Teoría especial del conocimiento, que trataba del principio de causalidad.
Mi objeción se basaba en que la fórmula de tal Principio, pacíficamente aceptada por todos, ya en latín: Nullus effectus sine causa, ya en lengua  vernácula: “Todo efecto tiene una causa”, era o bien un principio analítico en el que el predicado resulta del concepto del sujeto, o bien un principio, según otros filósofos, puramente idiomático y léxico, integrado por conceptos correlativos. Incluso etimológicamente se podría demostrar su esterilidad, puesto que venía a decir que “toda cosa hecha desde fuera (ex-factus > ef-fectus) tiene una cosa fuera (causa) que la ha hecho (fecit). Era como pasar a voz activa una oración en voz pasiva.
Pero no se entendió ni por parte del Sr. Obispo ni por la del P. Barreiro que se celebraba un debate, que la objeción pretende sembrar la duda en el defensor de la tesis y obligarlo a perfilar conceptos ni, lo más importante, que se trataba de la modificación deseable de una fórmula, no de la existencia de la causalidad en el mundo, cuya negación paralizaría la actividad desde la fontanería hasta la microbiología.
Cierro los ojos y veo al Sr. Obispo encasquetándose de vez en cuando el solideo y dirigiendo hacia la improvisada tribuna un dedo admonitorio, mientras defendía, como guardián de la fe, la existencia de un Dios creador frente a doctrinas deletéreas propagadas en el mismísimo Seminario; y, llegado su turno, al P. Barreiro, con semejante energía pero distinta gestualidad, juntando delante del pecho ambas manos con los dedos unidos por las yemas, para alzarlas luego al aire y separarlas bruscamente, simulando la erupción de un ardiente géiser, mientras exclamaba:”Ex nihilo nihil fit, ex nihilo nihil fit”
Yo permanecía absorto, consciente de que los dardos iban dirigidos al P. Alegre, que, como un San Sebastián, recibía en el pecho su justo castigo por haber tenido la inconcebible osadía y  la obsesiva incongruencia de empeñarse en inculcar sentido crítico en unos estudiantes de Filosofía.
 Aquella malhadada Academia acarreó grandes cambios y alarmantes coincidencias. El P. Alegre fue destinado a Jimena de la Frontera con la misión de seguir investigando en la reformulación del principio de causalidad; no habían pasado dos  años cuando Don Hermenegildo Pacheco entraba  en el aula de 1º de Filosofía; en la calle Real de San Fernando Don Recaredo García Sabater conservaba su pacífico gobierno de la Parroquia Vaticana y Castrense de San Francisco, y en 1949 Don Ataúlfo Argenta era nombrado Director único de la Orquesta Nacional.
De esta manera, en la mitad del siglo XX, consolidaban su poder los visigodos en España.

Juan de la Fuente

miércoles, 21 de diciembre de 2011

Navidad e informe 2011 del Comité René Cassin



COMITE RENÉ CASSIN
MEMORIA DE ACTIVIDADES 2011

1. Fundado en 1993, registrado en el nacional de asociaciones del Ministerio del Interior ese mismo año, con el número 124. 673, financiado por donantes privados miembros o colaboradores de la entidad, no participa en convocatorias de subvenciones públicas de cualesquiera Administraciones nacionales o comunitarias europeas. Integrada por 690 personas voluntarias, de las cuales 52 son abogados. Sus fines se enmarcan en la promoción y defensa de los derechos humanos, específicamente de los migrantes pobres o en precariado social.
2. Forma parte de la Coalición por la Corte Penal Internacional. Colabora con la Fundación Habitafrica, con Médicos del Mundo Andalucía y con el Comité Regional Indígena del Cauca (Colombia).

RELACION DE ACTUACIONES
3. INCIDENCIA
3.1. Documentación sobre acontecimientos en Túnez y otros países del Magreb remitida individualmente a 350 congresistas y a 263 senadores, en febrero 2011.
3.2. Documento sobre situación de migrantes libios en Italia, de forma personal a los mismos congresistas y senadores, en marzo.
3.3. Remisión del informe sobre la situación en el Cauca y acciones de la Misión estable del CRIC que desarrolla nuestro Comité. Remitido a los congresistas y senadores y a los 690 voluntarios de la entidad, en septiembre.
3.4. Información a 222 ayuntamientos de Andalucía sobre las actuaciones de la Coalición por la Corte Penal Internacional, marzo.
3.5. Remisión al voluntariado del Comité del auto de la Audiencia Nacional sobre el procedimiento derivado de la denuncia presentada en su día sobre la muerte de 191 niños en la Franja de Gaza, por los ataques del ejército de Israel.
3.6. Remisión a nuestro voluntariado, asociaciones de migrantes y a congresistas y senadores del documento redactado por el magistrado del TSJ Cataluña, Sr. Preciado Doménech, sobre consecuencias de las modificaciones de la LOPJ como consecuencia de la aprobación de la LO 12/2011, de 22 de septiembre. Octubre.
3.7. Envío de forma individualizada a todos los congresistas y senadores, a entidades y al voluntariado del Comité del Informe sobre inmigración y caída del régimen  de Gaddafi, analizando sus consecuencias. Redactado por el investigador US y colaborador del Comité don Bruño Raffaelle Colleti, editado por nuestra entidad. Siguiendo la línea iniciada por el que publicamos en 2010 sobre Afganistán. Noviembre.
3.8. Presentación y envío postal a los 680 ayuntamientos constituidos a raíz de las elecciones municipales 2011, tanto del Comité como de la Fundación Habitafrica, solicitando que designen una persona de confianza de la alcaldía para establecer el enlace con nuestras actividades. Septiembre a diciembre de 2011.

4. Misión estable en España del Comité Regional Indígena del Cauca (CRIC)
4.1. Desde 2008 ejercemos esa misión. El CRIC se creó en el Cauca (Colombia) en 1971 y agrupa a 112.000 indígenas de 29 cabildos. En Colombia viven 1.300.000 indígenas, un 2,8% de su población, pertenecientes a 8 etnias. Entre 2001 y 2010 ha sido asesinados por paramilitares, grupos guerrilleros y el propio ejercito nacional no menos de 1.500 indígenas, niños entre ellos.
4.2. En 2011 hemos intervenido directamente en  once procedimientos ante la Fiscalía de la Corte Penal Internacional de La Haya, así como ante el Parlamento Europeo y el nacional español en defensa de la memoria y los intereses de los familiares  de otras tantas personas asesinadas.
 
5. Miembro de la Coalición internacional en apoyo de la Corte Penal Internacional
5.1. Desde 2007 formamos parte de la Coalición integrada por dos mil organizaciones de voluntariado de todo el mundo. En Andalucía somos la única entidad miembro. El Objetivo en apoyar a la Corte Penal Internacional con sede en La Haya.
5.2. La directora de este programa en el Comité a intervenido, apoyado e informado a nuestro voluntariado en los siguientes asuntos:
5.2.1. Rwanda.  Apoyo a la campaña “basta de impunidad en Rwanda”, así con en los procesos que han acabado en condenas de altos oficiales del ejercito.
5.2.2. Kenia. Apoyo a la investigación del fiscal de la Corte en Kenia tras la violencia posterior a las elecciones, en abril de 2011. Emisión de ordenes de detención.
5.2.3. Otros países en el centro de África. Se han apoyado las investigaciones iniciadas en la Republica Centroafricana, Darfur, Sudán, Uganda, la República Democrática del Congo.
5.2.4. Lo mismo respecto a Afganistán, Colombia, Costa de Marfil, Georgia, Guinea y Territorios ocupados de Palestina.
5.2.5. Remisión de diversas cartas a autoridades de El Salvador y Nicaragua solicitando la ratificación de sus respectivos paises del Estatuto de la Corte Penal Internacional.
5.2.6. Gestiones relacionadas con Costa de Marfil y Sudan.
5.2.7. Gestiones con 222 ayuntamientos de las ocho provincias andaluzas para proponerles que apoyen actividades de la Coalición.

6. Protocolo de asistencia juridica a Medicos del Mundo Andalucia
6.1. Desde 2010 nos encargamos de la asistencia legal a las personas que asiste Medicos del Mundo en sus programas en Andalucia.
6.3. En este año hemos intervenido en siete procedimientos relativos a personas relacionadas con actividades de prostitución.
7. Atención directa y personal a migrantes vulnerables o en precariado social.
7.1. Dos tardes cada semana realizamos una permanencia en nuestra sede social en Sevilla atendiendo a personas previamente citadas que nos derivan las cáritas parroquiales, asociaciones de inmigrantes, iglesias evangélicas-
7.2. En total hemos intervenido en 22 casos, a los cuales se ha atendido en 52 ocasiones, dadas laas complejidades de los requerimientos para tratar de solucionar sus distintas situaciones.
7.2. Atenciones por requerimientos directos a los letrados hemos prestado otras 45.

8. Información complementaria.
8.1. Secretaria general: Mercedes Alconada de los Santos.
8.2. Tesorero: Francisco Javier Gonzalez Sanchez
8.3. Secretario ejecutivo: Rafael Budia Fernandez
8.4. Directora programa Coalición CPI: Amelia Esteve Sicall
8.5. Administrador de la página web CRC: Alejandro Romero Cabrera.
8.6. Letrados de atención directa: Patricia Manzano; Manuel Mejias, Angel Marquez; Luis Manuel Ventura; Alberto Revuelta
8.7- Documentalistas: Nicolás López; Clara R Navarro; Carmen Conejo; Agustín M Solis,
8.8. Presidencia: Alberto Revuelta Lucerga

Sevilla, 22 de diciembre de 2011

viernes, 7 de octubre de 2011

TEXTO ORIGINAL DEL MAGISTRADO DON CARLOS HUGO PRECIADO DOMENECH

La LO 12/2011 de 22 de septiembre, vigente desde 24 de septiembre de 2011 modifica de forma opaca e inmotivada unos pocos artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Es una de esas normas que pasan inadvertidas en medio del reciente maremoto legislativo y que cuando uno repara en ellas, levantando el velo de lo que esconden,  sufre de nuevo la náusea de un poder político en fraternal alternancia y con consensos lo suficientemente amplios para proyectar un largo período de “prosperidad”.
Si pudieron con la Constitución, ¿No van a poder con la independencia de los Jueces?
 La disimulada norma modifica, como decíamos, unos pocos artículos de la Ley que regula el Estatuto Orgánico de los Jueces/as y Magistrado/as (LOPJ 6/85) , que en clave constitucional (art.122.1 CE), representa la garantía del ejercicio independiente de la potestad jurisdiccional, llamada a preservar ésta del interés político, el cuál en un Estado de Derecho y, sobre todo Democrático, ha de estar separado del interés del ciudadano en la aplicación recta e imparcial de las leyes incluso, o sobre todo, frente a los poderosos (sean públicos y políticos o privados y de mercado)
 La reforma modifica el art. 351 letra f), art. 356 letra f) y los apartados 6 a 7 de la DT 8ª de la LOPJ.
Si hubiéramos de resumirla en una frase podríamos decir que significa que Justicia y Política pasan a del flirteo, más o menos disimulado,  a la orgía pública y desbocada.
 En efecto, la reforma “coloca”, a los colocables,  -aspirantes sin mérito a cargos meritorios- en situación de acceder a los cargos más altos de la judicatura y del TC, en su caso, por la puerta de atrás y con el inocultable consenso (es una Ley Orgánica que requiere la mayoría absoluta del Congreso) de PP y PSOE
 El método, sibilino y a la vez grosero, consiste en declarar en situación de “servicios especiales” en la Carrera Judicial a: Jueces/as y Magistrado/as que   sean nombrados para cargo político o de confianza, con la rimbombante garantía de que una vez reingresen a la Carrera Judicial tras su azaroso paso por la política “deberán de abstenerse de conocer de los asuntos concretos vinculados con su actividad política.”
 Por otro lado, los   Jueces/as y Magistrado/as que se presenten a un cargo público representativo: desde Alcalde a Parlamentario de la UE, pasando por Diputado o Senador, y no sean elegidos podrán reingresar a la Carrera judicial, eso sí, con el impagable compromiso de  abstenerse de conocer de los asuntos concretos vinculados con su actividad política.
 Traducido al castellano de calle, podemos identificar con la ley en la mano  cuatro  tipos de situaciones escandalosas que la reforma auspicia y promueve y que vienen a poner al día la tan rica en biodiversidad Taxonomía Judicial Ibérica:
 1) DE JUEZ MOLESTO A JUEZ POLÍTICO
-Juez/a lleva caso de corrupción de Partido Político X, con implicaciones públicas y mediáticas
-Partido Político X le ofrece a dicho Juez importante y bien remunerado cargo de Director General de Justicia y otras menudencias.
- Juez X con salario recortado y familia a cargo decide emprender su carrera Política y dejar de lado el caso en cuestión, que pasa a ser llevado, quizás por un Juez/a sustituto, (en precario y fácilmente condicionable a través de su no renovación) ; quizás por un nuevo Juez que ha de revisar la causa, normalmente de varios tomos
- Caso en cuestión se archiva.
-Juez X reingresa a la carrera después de su “intensísimo” trabajo en la Dirección General en cuestión  durante el cuál habrá sido remunerado por su antigüedad como Juez y le computa todo el tiempo transcurrido como antigüedad, para ascensos y para derechos pasivo. Por si fuera poco, su plaza le quedará reservada hasta que decida regresar.
 2)  DE POLÍTICO A JUEZ CON ALTOS DESTINOS
- Con la reforma en la mano uno puede ingresar a la Carrera Judicial por oposición o concurso  y al año siguiente “fichar” por el Partido Político X, que le mima, la paga y le mantiene en diversos cargos, todos ellos de una dureza intensa como director de campaña, Secretario de Estado de Grandezas y Títulos nobiliarios, etc.
- El “pobre” Juez lleva 15 años en tales desagradecidas funciones y decide su reingreso a la Carrera Judicial, quizás con ocasión de que su Partido X, que se alterna con el Partido Y (como en los mejores tiempos de Cánovas y Sagasta)  acaba de perder las elecciones.
- Pero el Partido X, siempre agradecido con sus jueces-políticos o con sus políticos-jueces, propone al Juez, que en su vida a puesto una sentencia, y que sin embargo atesora una inabarcable experiencia en, p.ej. Grandezas y Títulos nobiliarios, como miembro del TS o del TC.
- Por supuesto, hay que suponer que en el interior de este juez no quedará ningún atisbo de condicionamiento ni de agradecimiento a su Partido X, que tantos años lo ha tenido en barbecho, y que ejercitará su nuevo Alto destino con total probidad e independencia.
 3) JUEZ VENGADOR
Si el Partido Y vence al Partido X, frente al que el Juez Z no ganó la alcaldía y 2 años después es denunciado un cargo del Partido Y por prevaricación, cohecho, etc., el Juez Z podrá ver el caso pues, en sentido técnico, no está “vinculado con su actividad política”, que consistió en  limitarse a perder unas elecciones.  También hemos de suponer que tras una campaña de alto estilo, como las que vemos en España, sin descalificaciones personales ni palabras gruesas o símiles futboleros, el Juez Z no guardará ningún rencor ni ánimo de venganza contra el miembro del Partido Y que lleva dos años en la siempre mal remunerada Concejalía de Urbanismo a la que el Juez Z aspiraba.
 Para terminar, y por si no hubiera bastante, hay una cuarta categoría:
 4) EL NO JUEZ DE LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA 8ª
Aquel que en su vida ha ejercido de  Juez, habiendo pedido una excedencia voluntaria el día después de su ingreso y que a partir del día 24 de septiembre de 2011 (que en su casa celebrarán como el 1 de Mayo), por obra y arte de la citada DT 8ª podrán reconocérsele como servicios efectivos en la Carrera Judicial todos los años que ha estado en excedencia sirviendo al Partido X, o Y, tanto da y que mañana mismo podrá postularse a Altos Destinos.
Hace no mucho un Vocal de nuestro CGPJ me aleccionó, indignadísimo,  por  opinar que la justicia española es parecida a la de países como  Egipto (antes de la revuelta) y que los ciudadanos confían cada vez menos en ella.
Sin embargo, debo coincidir con el Vocal: lo que esta ley supone nos diferencia netamente de tales países: Ellos andan hacia la Democracia, mientras nosotros la estamos desandando.

Sortear la vejez y vivir la ancianidad

José Antonio Hernández Guerrero El comienzo de un nuevo año es –puede ser- otra nueva oportunidad para que re-novemos nuestr...